Si tu matafuego venció o necesitás uno nuevo, lo pedís por WhatsApp: retiramos el equipo en La Falda, lo llevamos a recargar a un taller habilitado y te lo devolvemos con la tarjeta. Antes de confirmar te pasamos el precio cerrado y te decimos qué empresa lo lleva.
Un solo WhatsApp para los seis servicios. El precio, antes de ir.
1 por cabañalo pide el Código de Edificación, artículo 7.3.4.5
1 a 10 kgequipos nuevos de polvo ABC, y también de CO₂
5 añoscomo máximo entre pruebas hidráulicas en los de polvo ABC y CO₂
Lunes a viernesretiro y entrega del equipo
Qué incluye la venta y la recarga del equipo
Pedís todo por el mismo WhatsApp. Si ya tenés el equipo, lo retiramos y lo llevamos a recargar. Si todavía no tenés, te pasamos las opciones de equipos nuevos: de polvo ABC de 1, 2,5, 5 y 10 kg, y de CO₂.
En el taller, según el procedimiento que describen las recargadoras para la norma técnica IRAM 3517-2, el equipo pasa por estos pasos:
se desarma y se controla el polvo
se revisan la válvula y el manómetro
se presuriza con nitrógeno seco
se coloca el precinto y la tarjeta del año
Equipo
Para qué fuego
Polvo ABC
Sólidos como la madera o el papel, líquidos inflamables y equipos con corriente
CO2
Líquidos inflamables y equipos con corriente, sin dejar residuo
Acetato de potasio (clase K)
Aceites y grasas de cocina
En tableros y equipos electrónicos conviene el de CO2: el polvo ABC es corrosivo.
Además de la recarga anual, el cilindro tiene su prueba hidráulica: como máximo cada cinco años en los de polvo ABC y CO2, desde la fecha de fabricación grabada. Si no la pasa, se retira de servicio y se reemplaza por uno nuevo.
Qué pide la ordenanza de La Falda y cuándo multa
En las ordenanzas publicadas de La Falda no figura una que regule la recarga ni un registro municipal de recargadoras. Puede haber normas sin publicar: por eso te decimos qué empresa lleva tu equipo antes de confirmar, y la tarjeta sale con sus datos.
Extintor por cabaña
El Código de Edificación y Urbanización (Ordenanza 3791, texto ordenado 2025), artículo 7.3.4.5, dice que «cada cabaña deberá tener un equipo extintor contra incendios» y que el personal debe conocer su manejo. No aclara tipo ni capacidad. Más en la guía de matafuegos para cabañas y alquiler turístico.
Extinguidor en alquileres turísticos
La Ordenanza 2546, artículo 6, pide «contar con un equipo extinguidor de incendios» (inciso f) y un botiquín (inciso d). No inscribirse en el Registro Municipal se castiga con 20 a 400 UM (Código de Faltas, artículo 89 bis). Una UM equivale al precio de un litro de nafta súper del ACA (artículo 17).
Extinguidor en taxis, remises y autos
La Ordenanza 3758, artículo 39, pide a taxis y remises un «extinguidor de incendios con una capacidad mínima de 1 kg». La falta va por el artículo 118 del Código de Faltas, de 20 a 40 UM, y el doble en transporte de pasajeros (artículo 145). En el auto particular, la normativa provincial exige matafuego y balizas (Decreto 318/07, artículo 40, inciso h) y la Policía Caminera controla que la carga esté vigente.
Comercios y locales
Para habilitar un comercio, la Municipalidad verifica el local y puede pedir informes técnicos (Ordenanza Impositiva 2026, artículo 106). No nombra matafuegos, y qué pide el área que inspecciona no está publicado: preguntalo en Mesa de Entradas. El artículo 68 del Código de Faltas castiga con 20 a 400 UM a quien infrinja «las normas sobre elementos de seguridad sobre incendio».
Donde hay trabajadores rige además el Decreto 351/79: un equipo cada 200 m² de superficie cubierta, por piso (Anexo VII, punto 7.1.1).
De qué depende el precio de la recarga y qué datos mandarnos
El precio sale cerrado y por escrito antes de que retiremos nada. Depende del tipo de equipo, de los kilos, de si hace falta la prueba hidráulica y de cuántos son. Para armarlo, mandanos:
Lo que conviene mandarnos por WhatsApp
el tipo y los kilos, que figuran en la etiqueta
la fecha de carga y el vencimiento de la tarjeta
la fecha de fabricación grabada en el cilindro, si la encontrás
cuántos equipos son y si alguno se usó, aunque sea un poco
Si el taller encuentra que un equipo no se puede recargar, te avisamos y te cotizamos uno nuevo antes de hacer nada.
Matafuegos en Huerta Grande, Villa Giardino, Valle Hermoso y Casa Grande
Retiramos y entregamos también en los pueblos vecinos. El vencimiento lo marca la tarjeta del equipo en cualquiera de ellos; lo que cambia es qué pide cada municipio para habilitar.
Villa Giardino. Para dar de alta un comercio, la municipalidad pide un informe técnico de Bomberos y, según la actividad, un informe de seguridad e higiene. Conviene tener la tarjeta del matafuego al día antes de esa visita.
Huerta Grande y Valle Hermoso. No tienen sus ordenanzas en un buscador abierto: lo que piden para habilitar un local se pregunta en cada municipalidad.
Casa Grande. Es una comuna y las habilitaciones se tramitan ahí. El matafuego del auto se pide igual que en el resto de la provincia.
Cómo se pide el retiro
Escribinos por WhatsApp
Con el tipo de equipo, los kilos, el vencimiento y tu dirección.
Recibís el precio cerrado
Por escrito y antes de ir, con el nombre de la empresa que lleva el equipo.
Retiramos y llevamos a recargar
El equipo va a un taller habilitado de la zona.
Te lo devolvemos
Con la tarjeta y el comprobante que emite esa empresa, con sus datos.
Dudas sobre la carga, el vencimiento y la tarjeta del equipo
¿Cada cuánto hay que recargar un matafuego?
Una vez por año. Según las recargadoras, el mantenimiento completo es anual y el año corre desde que el taller entrega el equipo. Si lo usaste, aunque sea un poco, recargalo igual. El vencimiento figura en la tarjeta o el marbete del equipo.
¿Cuánto cuesta recargar un matafuego en La Falda?
Depende del tipo, de los kilos, de si hace falta prueba hidráulica y de cuántos equipos son. No publicamos lista: te pasamos el precio cerrado y por escrito por WhatsApp antes de retirar nada. Si el trabajo resulta otro, se vuelve a cotizar antes de empezar.
¿Cómo sé si mi matafuego todavía sirve?
Una vez por mes mirá que la aguja del manómetro esté en verde, que el cilindro no tenga golpes y que nada tape el acceso. Revisá también la tarjeta: si el vencimiento pasó, hay que recargarlo. Sin fecha de fabricación se lo considera vencido.
¿Mi cabaña tiene que tener matafuego?
Sí. El Código de Edificación y Urbanización, artículo 7.3.4.5, dice que cada cabaña debe tener un equipo extintor contra incendios y que el personal tiene que conocer su manejo. No aclara tipo ni kilos. Mirá la guía para cabañas y alquileres turísticos.
¿Pueden recargarlo en mi casa o en mi local?
No. El equipo se retira y va a un taller habilitado, porque según los resúmenes de la IRAM 3517-2 el mantenimiento no se admite en talleres móviles. Te decimos qué empresa lo recarga antes de confirmar y la tarjeta sale con sus datos.