Permiso para contenedor en la vereda
Para dejar un contenedor en la vereda de La Falda hace falta autorización previa del municipio, incluso para los dos días sin cargo de la Tarifaria 2026. Para un andamio, pintar o revocar un frente pide aviso de obra, y el Código prevé permiso con plano para vallados y protecciones.
Pedir precio por WhatsAppContenedor en la vereda: autorización previa y tasa desde el tercer día
La Tarifaria 2026 (Ordenanza 3804), artículo 101, cobra la ocupación temporal de la vía pública o de un predio público. Para los materiales de demolición en contenedores fija hasta un máximo de dos días, previa autorización del municipio, sin cargo; y «a partir del tercer día, por día $ 8060». La autorización hace falta incluso para los dos días sin cargo.
El Código de Edificación (Ordenanza 3791, texto ordenado 2025), punto 9.2.4, prohíbe depositar tierra y materiales en la vía pública sin permiso previo. Ese permiso se da por el tiempo estrictamente indispensable. No hay un tope de días escrito: hay dos días sin cargo y después se paga por día.
El formulario para pedir la autorización y la oficina que la resuelve no están publicados. Las presentaciones al municipio entran por Mesa de Entradas, en Av. Automóvil Club Argentino 32. Para el contenedor, el alquiler de contenedores en La Falda se coordina por WhatsApp con precio cerrado antes de ir.
Andamio en la vereda: aviso de obra, permiso con plano y cerramiento del frente
La Tarifaria 2026 no tiene un renglón de andamios. Lo que cobra el municipio por uno sobre la vereda se consulta en la Municipalidad, y también si exige bandeja o pantalla desde cierta altura: el Código de Edificación no fija altura ni medidas para andamios.
Pintar o revocar la fachada: aviso de obra
Cambiar revestimientos, revoques o pintura de fachadas sin cambiar las aberturas requiere aviso de obra (Código de Edificación, 6.1.1.4, punto 6).
El Código exime de permiso y de aviso ciertos arreglos y la pintura que no sea de la fachada principal ni de otra parte visible desde la vía pública, siempre que no se instale en la acera o en la calzada un depósito de materiales, vallas provisorias o andamios (6.1.1.5). Un andamio sobre la acera queda fuera de esa excepción.
Vallas y protecciones en el espacio público: permiso con plano
El punto 8 del artículo 6.1.1.2 pide permiso con plano para instalar toldos, marquesinas, pérgolas, plataformas, vallados «y/o todo otro elemento de protección y/o resguardo y/o uso del espacio público municipal». El Código no nombra a los andamios en ese renglón. Si el tuyo entra, lo define el municipio: preguntalo antes de armarlo.
Cerramiento del frente en las zonas del Código
El cerramiento del frente con chapa en buen estado es obligatorio antes de un trabajo peligroso, incómodo o que sea obstáculo en la vía pública, en las zonas Z1CC, Z2CT1, Z3CT2, Z4CT3 y Z5CCR y donde la Subsecretaría lo disponga. Obras Públicas puede exigir además un puente para peatones, cobertizos sobre veredas o pantallas de protección (11.1.1). Si vas a pintar un frente, mirá el alquiler de andamios en La Falda.
Qué pasa si no pedís permiso: multas del Código de Faltas
Las multas se expresan en UM, y cada UM equivale al precio de un litro de nafta súper (Código de Faltas, Ordenanza 3633, texto ordenado 2023, artículo 17). Las que pueden alcanzar a una obra con contenedor o andamio sobre la vereda:
- Obras sin permiso o sin aviso: de 40 a 2.000 UM (artículo 62).
- Ocupar la vía pública sin los resguardos para cuidar a las personas y los bienes: de 20 a 400 UM, y de 400 a 4.000 UM si lo hace una empresa de obra o su contratista (artículo 66).
- Dejar en la calle más de 1 m³ de escombros o tierra sin embolsar: de 100 a 500 UM (artículo 50).
- Demoler sin respetar el procedimiento del Código de Edificación: de 2.000 a 50.000 UM (artículo 79, Ordenanza 3751 de 2025).
En las ordenanzas publicadas de La Falda no figuran balizas, bandas reflectivas ni distancia a la esquina para un contenedor. Lo más cercano es el artículo 66. El caso del escombro y la poda está en la nota sobre poda y escombros en La Falda.
Veda de obras en la Av. Edén y la Diagonal San Martín
El artículo 66 bis del Código de Faltas prohíbe en la Diagonal San Martín y en la Av. Edén todo trabajo u obra que implique rotura de veredas, cordones, calzada o cazuelas de árboles. La veda corre del 1 de diciembre al 30 de abril, del 10 al 31 de julio y en los feriados de tres días o más, salvo emergencias. La multa es de 100 UM por cada día.
Las obras con rotura quedan entonces para el período del 1 de mayo al 9 de julio y del 1 de agosto al 30 de noviembre, fuera de los feriados largos. El artículo habla de roturas y no nombra a los contenedores ni a los andamios. Si tu obra está sobre esas calles, preguntá en la municipalidad antes.
Cómo se coordina el contenedor o el andamio con Solano Servicios
Escribinos por WhatsApp con la dirección, qué vas a hacer y dónde va a quedar: vereda, calzada o patio. Te pasamos el precio cerrado antes de ir y te decimos qué empresa lleva el contenedor o el andamio. Los días incluidos los confirmamos con el precio.
La autorización del municipio tiene que estar antes de apoyar cualquiera de los dos en la vía pública. Los detalles de cada servicio están en contenedores en La Falda y en andamios en La Falda.
El servicio
Contenedores para escombros y poda en La Falda. Con autorización, la vereda es sin cargo dos días y después se paga por día (Tarifaria 2026).
Pedir precio por WhatsAppOtras guías
Fuentes
- Ordenanza Tarifaria 2026 de La Falda (Ord. 3804), art. 101
- Código de Edificación y Urbanización de La Falda, texto ordenado 2025 (Ord. 3791), puntos 6.1.1.2, 6.1.1.4, 6.1.1.5, 9.2.4 y 11.1.1
- Código de Faltas de La Falda, texto ordenado 2023 (Ord. 3633), arts. 17, 50, 62, 66 y 66 bis
- Ordenanza 3751 de La Falda (2025), art. 79 del Código de Faltas, demoliciones
- Municipalidad de La Falda: oficinas y Mesa de Entradas
Contenedor o andamio en la vereda de La Falda
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